Bono Post Laboral: ¿Quiénes pueden cobrar $90 mil mensuales?

El monto actual del Bono Post Laboral es de $90.877, sin embargo, este se ajusta anualmente a partir del 1 de febrero.

Establecido por la Ley N° 20.305, el Bono Post Laboral es un beneficio económico dirigido a jubilados y pensionados, exclusivo para aquellos que hayan trabajado en el sector público. Este aporte monetario, que se paga de forma mensual y vitalicia, busca brindar apoyo financiero a los ex trabajadores de diversas instituciones detalladas a continuación.

El monto actual del Bono Post Laboral es de $90.877, sin embargo, este se ajusta anualmente a partir del 1 de febrero, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Instituciones Elegibles para el Bono Post Laboral:

Los ex trabajadores que hayan laborado en las siguientes instituciones tienen la posibilidad de optar por el Bono Post Laboral:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.

Proceso para Cobrar el Bono Post Laboral:

Cobrar este beneficio vitalicio es un proceso sencillo. Aquí te detallamos los pasos a seguir:

  1. Solicitud ante la Jefatura:
    • Debes solicitar el Bono Post Laboral ante la jefatura del lugar donde trabajaste.
    • Este trámite debe realizarse en un plazo no mayor a un año después de haber alcanzado la edad legal para jubilarte.
  2. Requisitos para la Solicitud:
    • Estar afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP.
    • Tener 60 años de edad (mujeres) o 65 años (hombres).
    • Contar con más de 20 años de servicio, ya sea de forma continua o discontinua, en alguna de las instituciones mencionadas.
    • Ser funcionaria o funcionario de planta, contratado o regido por el Código del Trabajo al momento de solicitar el bono.
    • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones antes del 1 de mayo de 1981 y poseer al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.
    • Mantener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
    • Cesar en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

Este beneficio busca brindar respaldo financiero a aquellos que dedicaron años de servicio al sector público, asegurando una jubilación más segura y estable. Es fundamental cumplir con los requisitos y realizar la solicitud en el plazo establecido para acceder a este importante aporte económico.