Bonos para cesantes 2024: Conoce los beneficios disponibles y cómo puedes acceder a ellos
Recopilamos bonos para desempleados en Chile para aliviar su situación económica.
Lamentablemente, algunos han comenzado el año sin empleo, una situación que se vuelve aún más complicada durante el verano, ya que muchos desean tomar unas vacaciones, lo que implica un gasto adicional que no todos pueden permitirse.
Por eso, en La Número Uno de Chile, hemos recopilado los mejores bonos disponibles para los desempleados, los cuales pueden proporcionar un alivio económico necesario para empezar el año.
Te presentamos los beneficios y bonos disponibles para los desempleados en Chile
Como hemos mencionado antes, existen cuatro tipos de beneficios y bonos disponibles para aquellos que enfrentan la posibilidad de quedar sin trabajo en nuestro país. Cada uno de ellos tiene requisitos específicos, que detallamos a continuación.
Seguro de cesantía
En primer lugar, está el seguro de cesantía, que se otorga directamente a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Este beneficio se aplica a aquellos que tenían un contrato, ya que una parte de sus ingresos se destina a este seguro.
Si deseas solicitar el seguro de cesantía, estos son los requisitos que debes cumplir:
- Debes demostrar la cesantía a través del finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Para un contrato indefinido o de trabajador de casa particular, debes tener al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores antes del final de la relación laboral.
- Para un contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado, se requieren 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde su afiliación al seguro hasta el mes en que finalizó la relación laboral.
Si cumples con estos requisitos, podrás retirar dinero en giros mensuales, según tu salario de los últimos 12 meses. Los porcentajes son los siguientes: 70% en el primer mes, 60% en el segundo mes, 45% en el tercer mes, 40% en el cuarto mes, 35% en el quinto mes y 30% a partir del sexto mes. Puedes realizar la postulación en línea a través de un enlace proporcionado.
Fondo de cesantía solidario
Este beneficio está dirigido a las personas desempleadas que no tienen suficientes recursos en el seguro de cesantía o que han agotado sus fondos y no tienen trabajo. Los requisitos para este bono son los siguientes:
- Debes seguir desempleado al momento de la solicitud.
- No debes tener suficientes fondos en el seguro de cesantía para recibir un beneficio según lo establecido por la ley.
- Debes contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) durante los 24 meses anteriores al despido. Estas cotizaciones deben haberse pagado antes de la terminación del contrato laboral.
- Debes tener las últimas tres cotizaciones continuas con el mismo empleador.
- Debes contar con un contrato de trabajo que haya terminado debido a vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, o cierre del establecimiento o servicio.
- Debes mantener activa tu cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
Si cumples con estos requisitos, recibirás el bono durante cinco meses consecutivos si tenías un contrato indefinido, o tres meses si tenías un contrato a plazo fijo. Puedes realizar la postulación a través de un enlace proporcionado.
Subsidio de cesantía
Este subsidio se otorga a aquellos que no cumplen con los requisitos del seguro de cesantía. Se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y se puede recibir durante un máximo de 360 días. A continuación, te presentamos los requisitos:
- Debes tener al menos 12 meses (52 semanas) continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema en los dos años anteriores a la fecha de tu cesantía.
- Debes estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a tu lugar de residencia.
- Debes estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o una caja de compensación.
- Debes haber perdido tu empleo por causas ajenas a tu voluntad.
- Debes haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022. Si lo firmaste después de esa fecha, puedes acogerte al seguro de cesantía pagado por la AFC.
Indemnización por término de contrato
El cuarto bono para los desempleados es la indemnización por término de contrato, que reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Es importante destacar que este acuerdo se puede alcanzar con tu empleador después de haber trabajado durante al menos siete años en la empresa. De esta manera, podrás cobrar el dinero en caso de quedarte sin trabajo.
Es relevante mencionar que el 1 de diciembre se realizaron cambios en los beneficios para los desempleados. Por lo tanto, aquellos que recientemente tuvieron su solicitud rechazada pueden presentar una nueva solicitud. Además, si ya están recibiendo el beneficio y tienen pagos programados después de esta fecha, es posible que algunos de estos pagos sean ajustados.