Bono de Protección: ¿Qué personas pueden recibir este aporte?
Los pagos del Bono de Protección se distribuyen en la familia de acuerdo a una jerarquía de prioridades.
El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio dirigido a las familias, con un énfasis prioritario en las mujeres, y se concede por un periodo de 24 meses con un único requisito.
¿Quiénes reciben el Bono de Protección?
Este bono se asigna de manera automática, sin necesidad de postulación, a todas las familias y personas usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, siempre que cumplan con la siguiente condición:
Haber aceptado la invitación a participar en alguno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).
La invitación se efectúa a través de una carta de compromiso emitida por el Ministerio de Desarrollo Social. Una vez firmada, se inicia el proceso para el pago del bono mensual.
¿Quién recibe los pagos en la familia?
Los pagos del Bono de Protección se distribuyen en la familia de acuerdo con la siguiente jerarquía de prioridades:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años, o con certificación de invalidez o discapacidad mental, o de personas causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que ejerza la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: En ausencia de mujeres que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, el bono se otorga al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: En caso de que no se cumplan las condiciones anteriores, el bono se entrega a cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no hay una mujer mayor de edad, se concede al hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: Si no se cumplen las condiciones anteriores, el bono se asigna a cualquier mujer mayor de 18 años. Si no hay una mujer mayor de edad, se otorga al hombre mayor de 18 años.
Los montos del beneficio se abonan a través de la Cuenta RUT del Banco Estado de la persona designada como beneficiaria. En caso de no poseer esta tarjeta, el Ministerio de Desarrollo Social se encarga de gestionar la apertura de una.