Subsidio Familiar: Conoce acá si tu familia recibe el aporte de $20 mil por carga familiar

El Subsidio Familiar no cuenta con una fecha de pago específica, pero muchos beneficiarios pueden recibir sus fondos a través de depósito electrónico.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es una asignación que pueden recibir las familias pertenecientes al 60% más vulnerable de la población, según el porcentaje del Registro Social de Hogares (RSH). Este subsidio proporciona un aporte de $20,328 por persona, pero aquellos beneficiarios que cuenten con una discapacidad certificada pueden recibir $40,000 mensuales.

A diferencia de otros beneficios estatales, el Subsidio Familiar no cuenta con una fecha de pago específica, pero muchos beneficiarios pueden recibir sus fondos a través de depósito electrónico en la Cuenta RUT de Banco Estado.

Proceso de Postulación al Subsidio Familiar

Si ya has registrado tus cargas familiares a través del Instituto de Previsión Social (IPS), puedes solicitar los pagos mensuales del SUF siguiendo estos pasos:

  1. Dirígete a la municipalidad correspondiente a tu domicilio.
  2. Explica el motivo de tu visita: solicitar el Subsidio Familiar (SUF).
  3. Entrega los certificados requeridos (detallados más adelante).

Como resultado del trámite, habrás solicitado el subsidio.

Documentos Necesarios para Postular al Subsidio Familiar

Estos son los certificados que debes presentar el día de tu postulación:

  1. Certificado de nacimiento del menor.
  2. Fotocopia del carnet de control de niño sano (para menores de 6 años).
  3. Certificado de alumno regular (para mayores de 6 años).
  4. Fotocopia de la cédula de identidad de la madre.
  5. Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante (si es necesario).
  6. En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar una certificación competente que indique encontrarse en el quinto mes de embarazo, emitida por un médico o matrona de los servicios de salud o instituciones autorizadas.
  7. Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.