Bono de Protección: ¿Se debe postular o se recibe de forma automática?
El pago del Bono de Protección se efectúa a través de la Cuenta Rut del BancoEstado, registrada a nombre de la persona designada como cobradora asignada.
El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un apoyo financiero dirigido a familias que se encuentran en una situación de vulnerabilidad socioeconómica. Aquí te proporcionamos información sobre este bono, incluyendo sus requisitos, montos y duración.
Requisitos para el Bono de Protección:
- Ser parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.
- Haber aceptado la invitación a participar en uno de los programas del subsistema, como Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos, mediante la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención. Estas acciones generan las gestiones y posterior pago del bono.
Montos del Bono de Protección:
El monto del Bono de Protección varía en función del período de ejecución del apoyo psicosocial y se divide en los siguientes tramos:
- Los primeros 6 meses: $21,823.
- Del mes 7 al mes 12: $16,608.
- Del mes 13 al mes 18: $11,419.
- Del mes 19 al mes 24: $20,328.
Duración del Bono de Protección:
Este beneficio se concede durante un período de 24 meses, siempre que el beneficiario esté en proceso de acompañamiento por parte de los programas del Subsistema Seguridades y Oportunidades. Puede perderse el beneficio por renuncia voluntaria o por no cumplir con los deberes establecidos al momento de firmar la participación en el Subsistema.
Procedimiento de pago del bono:
El pago del bono se efectúa a través de la Cuenta Rut del BancoEstado, registrada a nombre de la persona designada como cobradora asignada. Si no se cuenta con esta cuenta, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicita la apertura de una Cuenta Rut en el BancoEstado, sin ningún trámite ni costo para la persona usuaria.
El pago del bono se realiza a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, siguiendo un orden de prioridad predefinido:
- Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar, si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3.
- Mujer mayor de 18 años de edad en ausencia de condiciones anteriores. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- En caso de que no apliquen las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
Verificación de beneficiarios:
Para confirmar si eres beneficiario del Bono de Protección, puedes comunicarte con el call center al número 800 104 777.