¿Cómo recibir el bono de la Asignación Familiar en octubre?
El monto de la Asignación Familiar varía según los ingresos del trabajador o pensionado.
La Asignación Familiar es una parte fundamental del Sistema de Prestaciones Familiares, que también incluye la Asignación Maternal, el Subsidio Familiar (SUF) y el Subsidio Maternal. A continuación, se proporciona información relevante sobre la Asignación Familiar en 2023:
¿Cómo se paga la Asignación Familiar para trabajadores y pensionados?
La fecha y la forma de pago de la Asignación Familiar varían según la situación del beneficiario:
– Trabajadores dependientes: Se paga a través del empleador y se incluye en el sueldo.
– Trabajadores independientes con boletas de honorarios: Se paga mediante la devolución de impuestos en el año siguiente al de la declaración de cargas.
– Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: El pago se efectúa al realizar sus cotizaciones o aportes.
– Pensionados: La entidad que otorga la pensión (AFP o IPS) es responsable del pago.
– Subsidiados por cesantía: El pago se realiza junto con el subsidio.
¿En qué casos se permite el pago directo de la Asignación Familiar?
La legislación permite el pago directo al beneficiario en las siguientes situaciones, según lo informado por el IPS:
– Hijos menores: La asignación se paga directamente a la madre con quien vivan los hijos, si ella lo solicita.
– Cónyuge e hijos mayores de edad: La asignación se paga directamente a ellos o a la persona a cargo si lo solicitan.
– Cualquiera de los causantes: La asignación se paga directamente al cónyuge o a la persona a cargo del causante si el beneficiario se niega a solicitar el beneficio o el pago de la asignación.
¿Cuál es el monto de la Asignación Familiar?
El monto de la Asignación Familiar varía según los ingresos del trabajador o pensionado. A continuación se presentan los montos para 2023:
– Trabajadores con ingresos mensuales de hasta $539.328: $20.328 mensuales.
– Trabajadores con ingresos mensuales entre $539.329 y $787.746: $12.475 mensuales.
– Trabajadores con ingresos mensuales entre $787.747 y $1.228.614: $3.942 mensuales.
– Trabajadores con ingresos mensuales superiores a $1.228.615: No tienen derecho a la asignación, pero esto no afecta su condición de carga para otros fines, como el sistema de salud u otros servicios.
¿Quiénes pueden recibir la Asignación Familiar?
La Asignación Familiar está destinada a una variedad de beneficiarios, incluidos:
– Trabajadores dependientes del sector público y privado.
– Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional antes del 1 de enero de 1974, que incluía la Asignación Familiar entre sus beneficios.
– Trabajadores independientes, ya sean obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
– Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
– Pensionados de cualquier régimen.
– Pensionados de viudez y madres de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
– Instituciones estatales a cargo de niños huérfanos, abandonados o inválidos.
– Personas naturales con niños a su cargo, según resolución judicial.
– Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que, al quedar desempleados, percibían asignación familiar.
– Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, solo en relación con su descendencia.
– Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. Sin embargo, solo pueden tener cargas familiares relacionadas con su descendencia.
¿Quiénes pueden recibir doble Asignación Familiar?
El IPS señala que quienes reciben asignación familiar debido a una causal de invalidez pueden recibir el beneficio duplicado.