¿Sin trabajo? Descubre quiénes pueden acceder a este subsidio que ayuda con dinero
Este subsidio es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Las personas que se encuentran desempleadas tienen la posibilidad de acceder a diversos beneficios económicos del Estado, entre ellos el Subsidio de Cesantía, que proporciona un monto mensual a aquellos que se encuentran sin empleo por un período máximo de 360 días.
Este subsidio es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las diferentes cajas de compensación, en contraste con el Seguro de Cesantía.
Quienes califican para este beneficio pasan a formar parte de los beneficiarios de la Asignación Familiar y/o Maternal, o de la Asignación por Muerte, y también tienen derecho a asistencia médica gratuita.
¿Quiénes pueden acceder al Subsidio de Cesantía?
Las personas trabajadoras desempleadas que cumplen con los siguientes requisitos pueden solicitar el Subsidio de Cesantía:
1. Deben tener al menos 12 meses (52 semanas) de cotizaciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cese de empleo.
2. Deben estar inscritas en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a su lugar de residencia.
3. Deben estar registradas en el registro de cesantes del IPS o de la caja de compensación a la que pertenecen.
4. Deben haber perdido su empleo debido a causas ajenas a su voluntad.
5. Deben haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002. En caso de haber firmado el contrato después de esa fecha, el trabajador desempleado puede acogerse al régimen del seguro de cesantía administrado por la AFC.
¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía?
Para solicitar este subsidio, las personas interesadas deben realizar el trámite de forma presencial en las oficinas de Chile Atiende, presentando los siguientes documentos:
1. Cédula de identidad del solicitante.
2. Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se puede obtener en las oficinas de ChileAtiende o en la caja de compensación correspondiente.
3. Finiquito otorgado por el empleador. También puede presentarse una copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
4. Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o de la AFP, según corresponda.
5. Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (este documento se incluye en el expediente; su función es iniciar el trámite, ya que la revisión mensual la lleva a cabo el IPS).