Comprueba con tu RUT si te corresponde hasta más de $80 mil mediante el Subsidio Familiar

Las cargas familiares son personas que dependen económicamente del Subsidio Familiar, ya sea porque son menores de edad o tienen alguna discapacidad.

El Subsidio Familiar (SUF) es un beneficio económico mensual destinado a personas o familias que no pueden cubrir por sí solas los gastos relacionados con el cuidado y la crianza de sus dependientes.

Por cada carga familiar, se recibe un monto de $20.328, que se duplica en caso de que la carga tenga alguna discapacidad. Esto significa que en un hogar con 4 cargas, es posible recibir un total de $81.312. Además del apoyo financiero, los beneficiarios tienen acceso a servicios médicos y odontológicos gratuitos.

Para ser elegible, es necesario pertenecer al 60% de mayor vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares y tener registradas adecuadamente a las cargas familiares.

¿Cómo verificar si eres beneficiario del Subsidio Familiar?

Para determinar si tú o tu familia son beneficiarios del Subsidio Familiar, sigue estos simples pasos:

1. Visita el sitio web de Mi Chile Atiende.

2. Ingresa tu número de RUT.

3. Haz clic en “Consultar”.

El sistema te proporcionará información sobre la fecha y la forma de pago del subsidio en caso de que seas beneficiario.

¿Qué se considera una carga familiar en el Subsidio Familiar?

Las cargas familiares son personas que dependen económicamente del beneficiario del subsidio, ya sea porque son menores de edad o tienen alguna discapacidad.

Para ser considerados como causantes del subsidio, deben cumplir al menos con uno de los siguientes requisitos:

Menores de edad:

– Tener menos de 18 años.

– Los niños y niñas menores de ocho años deben formar parte de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.

– Los niños y niñas mayores de seis años deben demostrar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros niveles equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por el Estado, a menos que tengan una discapacidad.

– No deben tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera como ingreso para este fin).

Personas con discapacidad intelectual o física:

– Este criterio incluye a personas de todas las edades.

– No deben ser beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) ni de ningún otro tipo de pensión asistencial.

El Subsidio Familiar es un importante apoyo para las familias que enfrentan dificultades económicas en su rol de cuidado y crianza de sus dependientes.