Apoyo para cesantes: Descubre las opciones de beneficios y ayudas disponibles

Puedes acceder a estos beneficios siguiendo los procedimientos adecuados y cumpliendo con los requisitos establecidos

Quedar cesante puede ser un momento desafiante, pero en el país existen varios bonos y beneficios a los que pueden acceder las personas en esta situación.

A continuación, detallaremos los principales bonos y sus requisitos:

1. Seguro de Cesantía:

  • Este seguro está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y protege a trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios.

Requisitos para cobrar el seguro:

  • Estar cesante, lo que se debe acreditar con el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial, según corresponda.
  • Para contrato indefinido o trabajador de casa particular: tener al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período con acceso al beneficio o desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

2. Subsidio de Cesantía:

  • Este beneficio ayuda a trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía y ofrece asistencia médica gratuita, asignación familiar o maternal por cargas, y asignación por muerte.

Requisitos para acceder al Subsidio de Cesantía:

  • Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema en los dos años previos a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente al lugar de residencia.
  • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, se puede acoger al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

3. Cuenta de Ahorro de Indemnización:

  • Este fondo de la AFP es responsabilidad del empleador, quien debe pagar mensualmente un total de 4,11% de las cotizaciones (3% para el seguro de cesantía y 1,11% para la indemnización a todo evento de la AFP).

Requisitos para retirar el dinero de la cuenta de ahorro de indemnización:

  • Acreditar el término del contrato de trabajo o despido.
  • El monto corresponde a los aportes realizados durante el período de trabajo más la rentabilidad.

4. Fondo de Cesantía Solidario:

  • Este fondo se entrega a afiliados que no cuentan con suficientes recursos en su cuenta de cesantía al quedar sin empleo o cuando se han agotado los fondos del seguro de cesantía del trabajador.

Requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario:

  • Estar cesante al momento de la solicitud.
  • Que los recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio según lo establecido por la ley.
  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • El contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar oportunidades laborales y de capacitación ofrecidas.
  • Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario haz clic AQUÍ

Puedes acceder a estos beneficios siguiendo los procedimientos adecuados y cumpliendo con los requisitos establecidos. Cada uno de ellos proporciona un apoyo económico importante para quienes se encuentran en situación de cesantía en Chile.