¿Quieres saber cómo manejar el Bolsillo Familiar Electrónico? Aquí te explicamos
El Bolsillo Familiar Electrónico se paga a través de Cuenta RUT.
El Bolsillo Familiar Electrónico (BFE) es una iniciativa gubernamental diseñada para brindar apoyo a las familias en medio del aumento de los precios de los alimentos, como parte de las medidas implementadas en el Plan de Seguridad Económica del Gobierno.
Para acceder a este beneficio económico, es necesario contar con una Cuenta RUT del Banco Estado, ya que el pago se realiza a través de esta plataforma. Es importante destacar que el BFE puede estar activado o desactivado, y su funcionamiento se caracteriza por descontar un 20 % del monto en cada compra hasta llegar al límite establecido.
¿Cómo se activa o desactiva el Bolsillo Familiar Electrónico?
Como mencionamos previamente, el acceso a este aporte se efectúa mediante la Cuenta RUT del Banco Estado, y las personas que lo reciben tienen la opción de activarlo o desactivarlo.
Para llevar a cabo esta acción, los beneficiarios deben acceder a la aplicación o al sitio web de Banco Estado, dirigirse a la sección denominada “Beneficios” y allí encontrarán la opción para activar o desactivar el BFE, dependiendo de si desean utilizarlo o no.
En caso de desactivar la ayuda, si realizas una compra en un establecimiento comercial, el dinero no se utilizará, sino que se pagará con el saldo disponible en la Cuenta RUT.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bolsillo Familiar Electrónico?
Todas las personas interesadas en recibir este beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos y recibirán automáticamente el aporte:
1. Ser causantes de la Asignación Familiar y la Asignación Maternal, pertenecientes al Sistema Único de Prestaciones Familiares.
2. Ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
3. Pertenecer a familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades o al subsistema Chile Solidario, lo que incluye a:
– Personas con discapacidad, debidamente acreditadas según la calificación y certificación establecida en la Ley Nº 20.422.
– Estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes que participen en el Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
– Estudiantes matriculados en establecimientos educativos con modalidad de educación especial, reconocidos por el Ministerio de Educación.
– Estudiantes de 18 a 24 años y 11 meses de edad.
– Menores de 18 años de edad.