$23 mil y $81 mil: Revisa qué monto recibirás del Aguinaldo de Fiestas Patria

El Aguinaldo de Fiestas Patria en el sector público, el monto se agrega al sueldo de septiembre.

A medida que se acerca septiembre, las familias chilenas se preparan para celebrar las Fiestas Patrias, y el muy esperado Aguinaldo es uno de los beneficios que aguardan.

Este beneficio se otorga obligatoriamente a ciertos empleados del sector público, ya sean de planta o a contrata, así como a las personas pensionadas. En el caso de los trabajadores de empresas privadas, la entrega del Aguinaldo de Fiestas Patrias depende de acuerdos previos con el empleador.

¿Cómo verificar si recibiré el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Para los jubilados, el beneficio se suma a la pensión de septiembre, variando la fecha según cada pensionado. Puedes consultar la fecha y método de pago en el sitio web del IPS, ingresando tu RUT y seleccionando “Consultar”.

En el sector público, el monto se agrega al sueldo de septiembre, mientras que para los trabajadores privados, el pago puede ser junto al sueldo de septiembre o antes del 18.

¿Cuánto es el monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Según el Instituto de Previsión Social (IPS), los montos del Aguinaldo de Fiestas Patrias son los siguientes:

  • $81.196: Funcionarios públicos con remuneración líquida de hasta $943.703 en agosto de 2023.
  • $56.365: Funcionarios públicos con remuneración líquida superior a $943.703.
  • $23.261: Pensionados con derecho a aguinaldo por parte del IPS.
  • $11.933: Adicional por cada carga de beneficiario.

En el ámbito privado, el monto dependerá de acuerdos entre empleadores y trabajadores.

Es importante destacar que, según la Dirección del Trabajo, si se recibe el Aguinaldo de Fiestas Patrias durante dos años consecutivos en el mismo lugar de trabajo, se convierte en un derecho adquirido para el trabajador.

¿Quiénes son elegibles para el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

El beneficio se otorga a personas que cumplan con estos requisitos al 31 de agosto de 2023:

  • Pensionados o pensionadas del IPS con Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas según leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados o pensionadas de Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados o pensionadas de ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, ahora IPS).
  • Pensionados o pensionadas según reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con PGU, Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Quiénes en el sector público reciben el Aguinaldo Fiestas Patrias?

El aguinaldo se entrega a empleados de cargos de planta o a contrata en organismos como:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Asistentes de educación pública y profesionales en establecimientos educacionales dependientes de servicios locales de educación pública.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Empleados de empresas y entidades estatales que no negocian colectivamente.