No hay prisión preventiva para la joven madre acusada de matar a su bebé recién nacida
La fiscalía estableció un período de 180 días para llevar a cabo la investigación de la muerte de la bebé recién nacida.
En el día de hoy, el Juzgado de Garantía de Coquimbo ordenó arresto domiciliario total para una joven madre acusada de infanticidio, tras haber presuntamente asesinado a su bebé recién nacida.
A pesar de que la fiscalía solicitó prisión preventiva, el tribunal optó por no otorgar la medida cautelar más severa y estableció un período de 180 días para llevar a cabo la investigación.
Juzgado de Garantía de Coquimbo concedió arresto domiciliario total para imputada de infanticidio, quien fue formalizada por la Fiscalía. Si bien se solicitó la prisión preventiva, ésta no fue concedida y se fijó un plazo de 180 días para terminar la investigación.
— Fiscalía Regional de Coquimbo (@Fisca_Coquimbo) August 7, 2023
Detalles del crimen
Según información proporcionada por la policía, el trágico suceso ocurrió el pasado jueves 3 de agosto en una residencia ubicada en el sector de La Cantera, en la comuna de Coquimbo.
De acuerdo a los informes, la joven de 20 años habría dado a luz a su bebé en ese lugar y posteriormente la habría asesinado utilizando un arma blanca.
Inmediatamente, el Ministerio Público instruyó a la Brigada de Homicidios (BH) de la Policía de Investigaciones (PDI) para que llevaran a cabo las primeras diligencias en la escena del crimen.
Resolución del tribunal
Durante la audiencia de formalización, el juez Sergio Rojas determinó que la medida de arresto domiciliario total se hará efectiva una vez que la imputada sea dada de alta del Hospital San Pablo de Coquimbo, donde actualmente está internada.
El juez sostuvo que “respecto al peligro para la seguridad de la sociedad, se ha entendido por parte de la doctrina que lo que se busca es evitar un peligro de reiteración delictiva; es decir, que la imputada vuelva a cometer delitos estando en libertad”.
Los hechos son “propios del delito de infanticidio” que, “a juicio de este sentenciador, no demuestran un ánimo frío o una especial peligrosidad de la imputada”, señaló Rojas.
Agregó que “la circunstancia de haber cometido el hecho en el baño del domicilio, con presencia de familiares en el mismo lugar, da cuenta que lo ocurrido no fue algo planeado, sino que fue una situación inesperada por parte de la imputada”.
“Por último, no se puede dejar de señalar que se trata, efectivamente, de un hecho grave, un hecho que no debió haber ocurrido. Sin embargo, se debe reiterar que en este caso no se está enjuiciando a la imputada por este hecho, sino que únicamente discutiendo sobre la procedencia de la medida cautelar de prisión preventiva, procedencia que en este caso no se estima por justificada”, razonó el juez.