¿Te quedaste sin empleo? Aquí las ayudas disponibles en julio para cesantes

En nuestro país, existen diversas ayudas económicas para las personas que se encuentran en situación de cesante

Cesante

En nuestro país, existen diversas ayudas económicas para las personas que se encuentran en situación de cesante, entre ellas, se encuentran:

Beneficios para cesantes

  1. Seguro de Cesantía: Este beneficio protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar desempleados. Para acceder a esta ayuda, es necesario estar sin empleo y haber tenido un mínimo de cotizaciones requeridas según el tipo de contrato laboral. La solicitud puede realizarse presencialmente o a través del sitio web de la AFC.
  2. Fondo de Cesantía Solidario (FCS): Este fondo está destinado a los afiliados a la AFC que no tengan suficientes recursos en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de perder su trabajo, o que hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía. Para solicitar esta ayuda, es necesario cumplir con ciertos requisitos, incluyendo estar desempleado, tener insuficientes recursos en la CIC, contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido, y que las tres últimas cotizaciones sean continuas y del mismo empleador.
  3. Subsidio de Cesantía: Para las personas que están desempleadas y no cumplen los requisitos para el Seguro de Cesantía, existe la opción del Subsidio de Cesantía, pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación. Este subsidio puede durar hasta 360 días y proporciona asistencia médica gratuita, la Asignación Familiar y/o Maternal, y la Asignación por Muerte.
  4. Bolsa Nacional de Empleo (BNE): Es una plataforma en línea que proporciona ofertas de empleo. La inscripción en el BNE es gratuita y es un requisito para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario.
  5. Indemnización por término de contrato: Los trabajadores desempleados pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y la cobertura del Seguro de Cesantía. Este dinero se puede cobrar en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Por último, es importante señalar que cada uno de estos beneficios tiene sus propios requisitos y condiciones, por lo que es recomendable que las personas interesadas consulten directamente con las entidades correspondientes para obtener la información más precisa y actualizada.