No te pierdas el Bono Post Laboral: ¡90 mil pesos garantizados para toda la vida!
El Bono Post Laboral del año 2023 tiene un monto de $90.877 y debe ser solicitado en un plazo de hasta 12 meses después de cumplir la edad legal de pensión.
El Bono Post Laboral es un beneficio único en su tipo, ya que se otorga de forma vitalicia y no está sujeto a impuestos ni se considera como ingreso tributable. Este aporte especial no finaliza hasta el fallecimiento del beneficiario. A continuación, encontrarás más detalles sobre este bono.
Así puedes recibir el Bono Post Laboral, beneficio que paga 90 mil pesos de por vida
El Bono Post Laboral del año 2023 tiene un monto de $90.877 y debe ser solicitado en un plazo de hasta 12 meses después de cumplir la edad legal de pensión. Este beneficio está dirigido a funcionarios y funcionarias públicos afiliados al sistema de AFP que pertenezcan a determinadas instituciones estatales, según lo establecido por la Superintendencia de Pensiones.
Entre estas instituciones se incluyen el gobierno central, gobiernos regionales, municipalidades, corporaciones de asistencia judicial, universidades estatales, Contraloría General de la República, Consejo Nacional de Televisión, Consejo Superior de Educación, Dirección General de Aeronáutica Civil, FONADIS, SERCOTEC y CONAF.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Post Laboral?
- Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.