¡Atención! Asignación Familiar y Maternal: Descubre los nuevos montos que se entregarán desde mayo
El monto de estos beneficios dependerá del nivel de ingresos y de la cantidad de dependientes o cargas que tenga la persona o su grupo familiar.
La Asignación Familiar y Maternal son subsidios mensuales en dinero que se otorgan a personas que reciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y mantienen a su familia.
El monto de estos beneficios dependerá del nivel de ingresos y de la cantidad de dependientes o cargas que tenga la persona o su grupo familiar.
En el caso de la Asignación Maternal, esta se otorga a mujeres embarazadas que sean trabajadoras dependientes o independientes y que no estén recibiendo otros subsidios (con excepción del subsidio familiar o maternal).
Revisa los nuevos montos desde mayo la Asignación Familiar y Maternal
En la actualidad, tanto la Asignación Familiar como la Maternal entregan un máximo de $16.828 por dependiente, pero a partir del 1 de mayo, los montos de estos aportes aumentarán. A continuación, se presentan los valores actualizados:
De este modo, si una persona tiene cuatro dependientes a su cargo y su salario mensual es inferior a $493.899, recibirá un total de $81.312 en concepto de Asignación Familiar y Maternal, lo que representa un aumento de $14.000 en comparación con los $67.312 que se entregaban anteriormente.
¿Quiénes son considerados cargas familiares para la Asignación Familiar y Maternal?
Son considerados causantes las siguientes personas:
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- La o el cónyuge.
- Hijos e hijas de hasta de 18 años (el beneficio se mantendrá hasta diciembre del año en que el causante cumple 18 años).
- Hijos, hijas, hijos adoptados o hijastros inválidos de cualquier edad.
- Hijos, hijas, hijos adoptados o hijastros entre 18 y 24 años, si están estudiando (el beneficio se mantendrá hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años).
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos, si están estudiando (el beneficio se mantendrá hasta diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Nietos y bisnietos inválidos (sin límite de edad).
- La madre viuda.
- Ascendientes.
- Niños y niñas huérfanos o abandonados menores de 18 años al cuidado de alguna institución.
- Niños y niñas huérfanos o abandonados al cuidado de alguna institución entre los 18 y 24 años, si están estudiando (el beneficio se mantendrá hasta diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Niños y niñas huérfanos o abandonados inválidos al cuidado de alguna institución (sin límite de edad).
- Trabajadoras embarazadas.
- La cónyuge embarazada.
- Menores de 18 años al cuidado de alguna persona que se preste para ello, a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación (artículo 29, Ley Nº 16.618), el beneficio se mantendrá hasta diciembre del año en que el causante cumpla 18 años.
- Personas inválidas de cualquier edad al cuidado de alguna persona que se preste para ello, a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación (artículo 29, Ley Nº 16.618).
- Estudiantes de entre 18 y 24 años (hasta diciembre del año en que los cumple) al cuidado de alguna persona que se preste para ello, a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación (artículo 29, Ley Nº 16.618).