No pierdas tu subsidio familiar: Descubre cómo saber la fecha de pago y vencimiento de tu aporte con tu RUT

El Subsidio Familiar tiene una vigencia de tres años, lo que implica que al finalizar dicho plazo deberá ser renovado para continuar recibiendo el beneficio.

Subsidio Familiar

El Subsidio Familiar es una ayuda económica de $16.828 por cada causante (el doble si presenta alguna discapacidad) que aumentará su valor a $20.328 a partir del 1 de mayo.

Esta ayuda está destinada a personas o familias que no tienen los recursos necesarios para proveer el cuidado y manutención de sus cargas, siempre y cuando se encuentren dentro del 60% de los hogares más vulnerables según el Registro Social de Hogares.

Las mujeres embarazadas también tienen la posibilidad de solicitar el Subsidio Maternal (conocido como SUF Maternal) a partir del quinto mes de gestación, el cual cubre todos los gastos relacionados con el embarazo y se paga a través del IPS.

¿Cuándo es la fecha de pago del Subsidio Familiar?

Si quieres conocer la fecha de pago y los detalles de cobro del Subsidio Familiar, así como también información sobre otros beneficios como la Pensión Garantiza Universal o el Ingreso Ético Familiar, debes ingresar al sitio web de Chile Atiende y proporcionar tu RUT.

Una vez que hayas hecho esto, selecciona la opción “Consultar” para obtener la información necesaria.

Bonos y beneficios disponibles: Descubre cuáles puedes recibir con tu RUT y cómo solicitarlos

¿Cuándo vence?

El Subsidio Familiar es un beneficio que tiene una duración de tres años, es decir, que deberá ser renovado una vez transcurrido ese plazo. Si comenzaste a recibir el subsidio en abril de este año, el pago se detendrá en abril de 2026 y deberás renovarlo si deseas seguir recibiendo el beneficio.

Hay varias situaciones en las que se puede perder el subsidio, por ejemplo, si no se cumplen los requisitos para su entrega o mantenimiento, si el beneficiario no proporciona la información requerida por la entidad pagadora o el alcalde, o si el causante o beneficiario fallece.

En el caso de que se extinga el derecho al beneficio, el alcalde debe notificar al IPS para que no se siga pagando.