¿No recibiste el Bono de Invierno? Descubre quiénes no tienen derecho a él

El monto del Bono de Invierno es de $74.767 y no está sujeto a impuestos ni descuentos, lo que significa que el beneficiario recibirá la cantidad completa sin reducciones.

Bono de Invierno

El Bono de Invierno es un aporte monetario que ofrece el Estado para brindar ayuda económica a los gastos típicos de la temporada invernal. Este bono tiene un monto de $74.767 y no está sujeto a tributación ni descuentos, lo que significa que el beneficiario recibirá la cantidad completa.

Estas son las personas que no reciben el beneficio

Para acceder al Bono de Invierno, es importante tener en cuenta que no todas las personas son consideradas para recibir este aporte monetario del Estado. Entre los excluidos se encuentran:

  • Los pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech;
  • Los titulares del Subsidio de Discapacidad que no cumplen el requisito de edad;
  • Los titulares de indemnización del carbón que no están contemplados en la ley;
  • Y quienes reciben más de una pensión, a menos que la suma de ellas sea igual o menor a 201.677 pesos.

Es importante tener en cuenta estas condiciones para saber si se es elegible para recibir este bono.

Requisitos a cumplir para recibirlo

Si deseas recibir el Bono de Invierno, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido 65 años de edad al 1 de mayo de 2023.
  • Recibir una pensión que no supere el valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años, que es de $201.677 sin considerar el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si corresponde.

De igual forma, se exige que el potencial beneficiario sea pensionado de alguna de estas entidades:

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Pensionados y pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:

  • Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Mutualidades de empleadores.
  • Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.