Solo con tu RUT ve si tu familia recibió el Subsidio Familiar

Con el fin de facilitar la entrega de información sobre la fecha y forma de pago del Subsidio Familiar, Chile Atiende junto al IPS habilitaron un sitio web donde las personas pueden consultar estos detalles.

El Subsidio Familiar se entrega con el objetivo de ayudar a los hogares con la mantención y crianza de los causantes del aporte.

Otorga $16.828 por cada carga familiar (el doble en caso de que esta posea alguna discapacidad) de forma mensual por hasta tres años, luego de lo cual puede ser renovado.

Este valor, en caso de aprobarse el proyecto de ley que actualmente se encuentra en el Congreso Nacional sobre distintos beneficios, aumentará este 2023 en un 20%, alcanzando los $20.328 por causante.

¿Cómo saber con el RUT cuándo me pagan el Subsidio Familiar?

Con el fin de facilitar la entrega de información sobre la fecha y forma de pago del Subsidio Familiar, Chile Atiende junto al IPS habilitaron un sitio web donde las personas pueden consultar estos detalles.

Deberás digitar tu RUT y seleccionar “Consultar” para que la página te diga qué día podrás cobrar este y otros beneficios tales como la Pensión Garantizada Universal u otros del IPS.

¿Quiénes se consideran causantes del Subsidio Familiar?

Se consideran cargas para esta asignación:

  • Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

Pueden cobrar el aporte aquellas personas o familias que no puedan proveer por sí mismas a la mantención y crianza del causante, entregándose en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o invalidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).