Subsidio Único Familiar: ¿Cuándo se hará entrega del dinero?
El Presidente Gabriel Boric dio a conocer una serie de anuncios en relación a algunos beneficios del Estado.
El Subsidio Único Familiar (SUF) beneficia a madres, padres o tutores que no estén en condiciones de proveer por sí solos, o en unión familiar, a sus cargas familiares.
Este bono aumentó su aporte a $20.328 y podrán recibirlo todos quienes pertenezcan hasta el 40 % más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares.
Las personas o grupos familiares que resulten beneficiarios podrán recibir sus pagos mensuales por un periodo de tres años consecutivos, siempre y cuando se sigan cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley.
¿Desde cuándo se pagará el monto nuevo del Subsidio Familiar?
El Presidente Gabriel Boric dio a conocer una serie de anuncios en relación a algunos beneficios del Estado.
Entre los avisos, el mandatario informó el aumento en el monto de algunos bonos, como el Subsidio Familiar, además de la extensión del IFE Laboral y el Subsidio Protege por todo el primer semestre de 2023.
En relación a la fecha de pago del nuevo monto, este se realizará a contar del próximo lunes 1 de mayo de 2023, según informa el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres).
Conoce cómo postular a los pagos del Subsidio Único Familiar
Los interesados en solicitar los pagos, pueden dirigirse a la municipalidad correspondiente a su domicilio y entregar la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento del menor.
- Carnet Control Niño Sano al día, para menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.
- Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.