¿Cuál es el monto del Subsidio Familiar?
Para ser beneficiario, debes dirigirte a tu municipalidad y solicitarlo.
El Subsidio Familiar pertenece al Instituto de Previsión Social (IPS), lo pueden recibir las personas y familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
¿Cuándo pagan el Subsidio Familiar?
Para saber cuándo te corresponde tu pago debes ingresar AQUÍ con tu RUT y luego hacer clic en “Consultar”.
Automáticamente el sistema te informará sobre tus beneficios y pagos.
Se entrega mensualmente y durante tres años consecutivos.
¿Cuál es el monto del Subsidio Familiar?
Debido al alza del sueldo mínimo, subió de $16.418 a $16.828 desde enero de este año.
¿Cuántos pagos son por beneficiario?
Se paga por causante, por lo que si una persona tiene más de un causante debidamente acreditado, puede recibir más de un pago.
En el caso de que alguna de las cargas tenga discapacidad, el beneficiario recibirá el doble del monto normal por ese causante.
¿Cuáles son los requisitos del Subsidio Familiar?
Pueden recibirlo las personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
¿Cómo postular al Subsidio Familiar?
Para ser beneficiario, debes dirigirte a tu municipalidad y solicitarlo.
Los documentos generalmente solicitados son los siguientes:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.