Este podría ser el monto del Bono por Hijo que propone el Gobierno
Este nuevo pago sería adicional al monto original.
Durante el marco del proyecto de la reforma de pensiones, el Gobierno propuso una nueva versión del Bono por Hijo, el cual incrementa el monto de la pensión de las mujeres.
¿Cuál es el monto del nuevo Bono por Hijo?
El subsecretario de Previsión Social, Cristian Larraín, anunció que el monto que alcanzaría esta nueva versión sería de $1.100.000, el que quedaría registrado en la cuenta de cotización previsional de la mujer.
Este nuevo pago sería adicional al monto original, es decir, estos se complementarían y ninguna anularía a la otra.
La bonificación comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10 % de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años).
Se calcula de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
¿Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo?
Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Si adicionalmente a la pensión de la AFP reciben un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto que perciban por concepto del APSV podría verse afectado, ya que la Bonificación por Hijo incrementa el monto de la pensión de vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV.
- Si las beneficiarias estuviesen pensionadas y percibiendo Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente de ingresados los fondos correspondientes al beneficio en la cuenta de capitalización individual. Una vez que se consuman los fondos generados por la Bonificación por Hijo y la cuenta individual quede en cero, las afiliadas podrán solicitar nuevamente la Garantía Estatal. Para estos efectos, la administradora deberá gestionar la nueva solicitud con la debida anticipación, con el propósito de procurar la continuidad del pago de la pensión.
Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU), a contar del 1 de julio de 2009.
- Las beneficiarias que pierdan la PGU podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo (ya que se calcula como una renta vitalicia), tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto del bono se ajuste a una PGU hasta que se agoten los fondos correspondientes.
Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.
- Las mujeres que reciben una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentan con el APSV, pueden solicitar la Bonificación por Hijo afiliándose a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si la pensionada fallece; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
- Las beneficiarias que pierdan la Pensión de Sobrevivencia o el APSV, podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto de la bonificación se ajuste a una PGU, hasta que se agoten los fondos correspondientes.
Estas mujeres deben:
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
- Tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.