Asignación Familiar: ¿Mi familia recibirá este aporte?
Se entrega por cada una de las cargas familiares acreditadas que tenga el beneficiario.
La Asignación Familiar está destinada a pensionados y trabajadores dependientes afiliados a algún sistema previsional.
Forma parte de los bonos y subsidios que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS).
Se entrega por cada una de las cargas familiares acreditadas que tenga el beneficiario.
Tuvo un reajuste en su monto gracias al aumento del sueldo mínimo en agosto de 2022. Por lo tanto el aporte mínimo que reciben los trabajadores o pensionados es de $3.184.
Consulta con tu RUT la fecha de pago de la Asignación Familiar
Las personas que deseen conocer la fecha y forma en que recibirán su aporte, pueden ingresar al sitio web de Chile Atiende y el IPS.
Una vez dentro, los beneficiarios deberán ingresar su RUT y seleccionar en “Consultar”.
¿Quiénes pueden recibir el aporte de la Asignación Familiar?
Pueden solicitar este beneficio las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Trabajadores dependientes sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplará entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio de discapacidad para menores de 18 años. No obstante, solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.