Seguro de Cesantía: ¿Cómo lo solicito?
Este aporte es obligatorio en distintas proporciones por el trabajador y el empleador.
El Seguro de Cesantía protege a todos los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios, en el caso de terminar su contrato de trabajo por despido o renuncia.
¿Cómo funciona el Seguro de Cesantía?
Cada trabajador afiliado a la AFC posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), en la que el empleador debe cotizar mensualmente el 3 % de las remuneraciones imponibles de cada empleado.
Este aporte es obligatorio en distintas proporciones por el trabajador y el empleador, según el tipo de contrato que se tenga.
Al empleado quedar cesante puede retirar el dinero acumulado en la cuenta del Seguro de Cesantía, mediante giros mensuales, según el porcentaje de remuneración y, si cumple con los requisitos, también puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario que está conformado con aportes de los empleadores y del Estado.
En el caso de que haya contrato indefinido, el aporte del trabajador es un 0,6 % de su remuneración imponible.
El aporte del empleador es de un 2,4 % de la remuneración imponible del trabajador (1,6 % va a la cuenta individual por cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).
Si hay contrato a plazo fijo el trabajador no debe aportar ningún porcentaje y el empleador debe brindar el 3 % de la remuneración imponible del trabajador (2,8 % va a la cuenta individual por cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).
El tope imponible mensual para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía es de 122,6 UF.
El aporte anual del Estado es de 225.792 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), depositadas en 12 cuotas en el Fondo de Cesantía Solidario, a través de la Tesorería General de la República.
¿Cómo solicitar el Seguro?
Para solicitarlo, primero hay que saber si se cumple con todos los requisitos, los cuales son:
- Estar cesante: Se debe acreditar mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último periodo en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
Si se cumplen los requisitos se puede cobrar de manera presencial en las sucursales de la AFC. Para agendar una hora, haz clic AQUÍ.
Si prefieres hacerlo de forma online, debes ingresar AQUÍ con tu Clave Única o tu Clave AFC, luego tienes que hacer clic en “Cobro del Seguro”, y después en “comenzar solicitud de cobro”.
La página te solicitará el finiquito correspondiente o algún documento que verifique el despido de tu fuente laboral.
Tras estos pasos, podrás revisar la simulación de pago, así como los montos y las fechas de pago, y finalmente deberás ingresar los datos de la cuenta bancaria en la que deseas que sea depositado el Seguro de Cesantía.